Sechura.- Mediante resolución de la Corte Superior de Justicia número 30 del 19 de abril, se dejó sin efecto la medida cautelar y consentida impuesta por el dirigente José Cánova Frías en contra de Dante Paiva García y ex dirigentes de la comunidad campesina San Martín, respecto al último proceso electoral comunal donde fue elegido Francisco Ayala Chunga.
Como se recuerda el 9 de diciembre de 2009, Cánova Frías, solicita medida cautelar de no innovar a fin que los demandados Dante Paiva García, Modesto Temoche Antón, Reynaldo Ayala Chully, José Pazo Morales, no continúen realizando actos ilícitos referidos a la elección de la junta directiva 2010 – 2011, al mismo tiempo que se dispone al registrador de personas jurídicas de las Comunidades Campesinas y Nativas el bloqueo de la partida registral 11000922 y se abstenga de inscribir una nueva junta directiva.
Esta situación presentada, condicionada al tiempo de duración del proceso judicial y a la autocomposición de los conflictos eleccionarios de la comunidad campesina, motivó a la dirigencia comunal solicitar el levantamiento de la medida cautelar mediante escrito el 28 de marzo de 2011, virtud al tiempo que lleva el proceso.
El documento que fue notificado a la comunidad de Sechura tiene la rúbrica de la secretaría judicial Gisella Guerrero, deja expedito el camino para que la directiva presidida por Francisco Ayala Chunga, pueda inscribirse en registros públicos, mientras no se presente apelación a lo dispuesto por la corte de justicia.
Ayala Chunga dijo que era un regalo de Semana Santa y que después de más de un año de presentado la medida cautelar se impone la razón. Los ex dirigentes no le hacen mal a Francisco Ayala, le hacen un mal a los miles de comuneros que aun confían en la legalidad, esperaremos pacientemente la inscripción, de presentarse la apelación, la corte tendrá que confirmar la sentencia, expresó.
Cabe destacar que el proceso convocado por el juez de paz de primera nominación Wilfredo Querevalú Dedios, fue cuestionado respecto a la validez del proceso eleccionario, sobre el particular, la primera sala civil de la corte superior de justicia de Piura, declaró infundada la demanda, significando que el colegiado otorgó la validez al referido acto eleccionario.
Mientras tanto se supo que por el lado de José Cánova Frías el lunes se presentaría el recurso de apelación